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DISCURSO PRELIMINAR.

S. I.

Excelencia de los Libros Sagrados; é importancia de su lectura y meditacion.

1

>> che lo

Cuanta sea la excelencia de los Libros Sagrados, no hay para qué detenernos en demostrarlo, por ser una verdad bien notoria á todo christiano, y confesada aun por varios filósofos gentiles ó incrédulos, que los veneraban como modelos de sublimidad en las sentencias, y como un compendio de la mas pura moral'. De esto mismo se infiere cuán provechosa ha de ser su contínua lectura y profunda meditacion, El Señor dijo á su pueblo de Israél, y en él á todos nosotros: "Hable contínuamente tu boca del Libro de esta Ley; y medita de dia y de noque en él se contiene, á fin de que guardes y cumplas todas las cosas en »él escritas: con lo cual irás por el recto camino, y procederás sabiamente "." El apóstol San Pablo hace memoria á su discípulo Timotheo, que desde la niñez habia aprendido las sagradas letras; "las cuales, añade, te pueden instruir para »la salvacion, mediante la fe en Jesu-Christo;" y prosigue: "Toda escritura, inspirada de Dios, es útil para enseñar, para convencer, para corregir, para di»rigir segun la justicia; á fin de que el hombre de Dios, ó el christiano, sea » perfecto, , y esté apercibido para toda obra buena 3." Es la palabra de Dios el libro de la vida, donde halla el que quiere servir al Señor la instruccion que necesita, y con la cual se consuela y alienta 4. "La doctrina de Christo (escribia el >mismo á los colossenses) tenga su morada en vosotros con abundancia y con toda »sabiduría, enseñándoos, y animándoos unos á otros con salmos, con hymnos y »con cánticos espirituales ș. "

a Asi es que la Iglesia, por medio de los Concilios y Santos Padres, nos encomienda muy encarecidamente este estudio de la Divina palabra; mandando á los sacerdotes que anuncien y expliquen á los pueblos las Sagradas Escrituras, y á estos que las oigan, y las aprendan, y mediten sin cesar, cada uno segun su talento, como un medio eficacísimo para promover el esplendor de la Religion, la pureza de las costumbres, y el bien espiritual de todos los ficles. La lectura de los Libros Sagrados, decia Orígenes, es una armería espiritual, de que usamos

1 Longinus, Rouss. Helvet.

2 Josue I. 8.

3 II. Timot. III. 16.

4 Ibid., et Rom. XV. 4.

5 Coloss. III. 16.

6 Conc. Trid. sess. XXIV. De reformat, c. 4.

7 Hom. VIII. in Levit.

para pelear contra las potestades del infierno y del mundo. Es, segun el Chrysostomo, pan del alma, y sustento del espíritu, y nos sirve de alcázar para defendernos del pecado; ó de antídoto, en expresion de San Ambrosio2, contra nuestras pasiones, y de medicina universal para todas nuestras enfermedades y dolencias espirituales. Y el mismo San Juan Chrysostomo, á los que decian que no entendian lo contenido en los Libros Sagrados, responde con estas notables palabras: "Aunque no entendais los secretos de la Escritura, con todo, la misma simple » lectura de ella causa en nosotros una cierta santidad; bien que no puede ser que » dejeis de entender algo de lo que leais. Porque á la verdad por esto dispuso la » gracia del Espíritu Santo que estas Escrituras fuesen compuestas por publicanos, » pescadores, artifices de tiendas de campaña 3, pastores, cabreros, idiotas é ignoran»tes, para que ningun idiota pueda alegar por excusa la dificultad de comprender»las, y á fin de que todos entiendan facilmente lo que en ellas se contiene, de >> modo que el artesano, el sirviente, la viuda, y el hombre mas ignorante saque »ganancia y provecho de oirlas.... Si con la contínua leccion no puedes aun entender algun pasage, vete á algun sabio, á algun hombre docto: comunica con él lo >>que has leido." Asi habla el Santo en su homilía III de Lázaro."

3 Conforme á esta doctrina de la Iglesia vemos trasladados desde su principio en todos los idiomas principales los Libros Sagrados. Por medio de la version griega que mandó hacer, aunque idólatra, el rey de Egypto Ptolomeo Philadelpho, dispuso la Divina Providencia que se difundiese por todo el mundo la benéfica luz de las Sagradas Escrituras, que los judíos ó por escrúpulo ó por envidia procuraban ocultar. Esta version, conocida con el nombre de los Setenta Intérpretes, se tiene por legítima en la Iglesia latina, y por aprobada en la griega +. Con el imperio romano vino á ser universal la lengua latina; y luego se hicieron en ella innumerables versiones de la Sagrada Escritura; cuya multitud motivó la que trabajó San Gerónimo, de la cual se hablará despues. Créese que la trasladó tambien este santo Doctor en su lengua materna, que era la đálmata 5; San Juan Chrysóstomo la tradujo en la arménica; Ulfilas, obispo godo, en la gótica; Juan, obispo de Sevilla, en la arábiga; Metodio en la esclavónica, etc. Considerando San Gerónimo estas diversas traducciones, dijo las siguientes palabras: "Los syros, egyp»cios, persas, etíopes y otras innumerables naciones tienen la doctrina celestial » trasladada en sus lenguas, y por este medio han dejado su barbarie para de vc>>ras filosofar." Y Theodoreto decia: "Los libros hebreos han sido no solamente » trasladados al griego, mas aun en lengua latina, egypciaca, pérsica, índica, ar»ménica, scítica, sauromática, y, para decirlo de una vez, en todas lenguas de »cuyas traslaciones usan actualmente aquellos pueblos." Son conocidas, aun fuera de España, varias antiguas versiones castellanas de la Biblia, especialmente la que se llama de Ferrara, la de Casiodoro de Reina, la de Cipriano de Valera; y

1 Hom. II. in Math. 2 In tit. Ps. 33.

3 Expomoci. Esto alude á los oficios ú ocupaciones de S. Pablo y de otros de los escri

tores sagrados.

4 Bulla Sixti V. præfixa ed. Septuag. Interp. ann. 1582.

5 Ep. ad Sophron.

es muy notable la catalana ó valenciana, que hizo el Padre Don Bonifacio Ferrer, prior general de toda la Cartuja, y hermano de San Vicente, ayudado de otros varones sabios; obra que temo haberse perdido, como diré mas abajo. De estas y otras versiones castellanas hace ya mencion en la suya el Ilustrísimo Scio 1.

4 De lo dicho se infiere que la Iglesia siempre ha deseado y procurado que los fieles lean y mediten las Santas Escrituras; y que si durante algun tiempo no ha permitido á todos indistintamente su lectura en lengua vulgar, sino que ha dispuesto que fuese necesario el permiso del superior eclesiástico, es porque asi lo exigían justas y gravísimas causas. Abusábase de su lectura por la malignidad de los hereges, y la triste situacion en que se hallaba la Iglesia. Los sectarios esparcian sus errores, valiéndose de las versiones de los Libros Santos, que publicaban inficionados de sus venenosas ideas. Llegaba á lo sumo la osadía y el maligno empeño en querer desacreditar la Vulgata latina, venerada de todos los cathólicos. Una de las perniciosas máximas de los nuevos reformadores, que habian puesto en combustion á casi todos los reinos cathólicos, y tenian ya revuelta la Francia, dividida entre sí la Alemania, en cisma la Inglaterra, y comenzaban ya á introducir algunas chispas del voraz incendio en nuestra España, era que cada christiano particular, con la Biblia en la mano, podia ser juez de las controversias de Religion; y á este fin imponian á todos los ficles, aun al sencillo artesano, y á la mugercilla de la infima plebe, la obligacion de leer la Sagrada Escritura. 5. Para obstruir este funesto manantial de las heregías, el papa Pio IV, en conformidad á lo acordado por los Padres del concilio de Trento, prohibió en el Indice de libros, en las reglas III y IV, la indiscreta leccion de las Santas Escrituras; queriendo que se pidiese licencia al Ordinario eclesiástico ó al Inquisidor, que ciertamente la concederian á cuantos conocieran capaces de aprovecharse de tan santa lectura. Es pues notoria falsedad y calumnia el decir que la Iglesia cathólica prohibia absolutamente las traslaciones de la Biblia en idiomas vulgares; como ya lo demostró el cardenal Belarmino contra Kemnicio 3. Mudadas las circunstancias, y habiendo cesado el furor de los hereges, entre los cuales habia ya muchos que apreciaban la version Vulgata latina, el sabio pontifice Benedicto XIV mandó poner esta adicion á las reglas IV y IX del Indice, en que se trata de la prohibicion de las versiones de la Biblia en lenguas vulgares: "Que generalmente se, conceden semejantes versiones de la Biblia en lengua vulgar, si fueren aprobadas por la Șilla Apostólica, ó bien se publicaren con anotaciones sacadas de los santos Padres de la Iglesia, ó de intérpretes doctos y cathólicos 5".

1 Disertacion preliminar.

a El texto latino dice: Cum experimento manifestum sit, si Sacra Biblia vulgari lingud passim sine discrimine permittatur, etc.: passim sine discrimine puede entenderse generalmente ó sin distincion: esto es, cualquera version, ó cualquiera persona.

3 De Verbo Dei Lib. II. c. 15.

Grot. Præf. in annot. ad Vet. Test.Walton Proem. in Polygl. Et cæt.

5 Y entre las reglas, mandatos y advertencias generales que se publicaron en el Indice de Libros prohibidos en España por el Santo Oficio, en la regla V se lee: Se permiten >>las versiones de la Biblia en lengua vulgar, >>con tal que sean aprobadas por la Silla Apos»>tólica, ó dadas á luz por autores catholicos, >>con anotaciones de los Santos Padres de la »>Iglesia, ó doctores catbólicos, etc." La nota que el sabio Benedicto XIV mandó poner á

Posteriormente Pio VI expidió el decreto, 6 breve, dirigido al Señor Martini, despues Arzobispo de Florencia, que traducido al castellano dice de esta manera: "Pio Papa VI, á Antonio Martini, salud y bendicion apostólica: Amado hijo, es >>muy loable tu prudencia, con la que, en medio de tanta confusion de libros »que osan impugnar la Religion católica, y con tanto daño de las almas circulan >> por las manos de los ignorantes, has querido excitar en gran manera á los fieles »á la leccion de las Santas Escrituras, por ser ellas las fuentes que deben estar » abiertas para todos, á fin de que puedan sacar de allí la santidad de costumbres » y de doctrina, desterrados los errores que en estos calamitosos y desarreglados »tiempos tan anchamente se derraman: lo que sabiamente has practicado, dando »á luz los Libros Sagrados, puestos en idioma vulgar, acomodándolos á la comun >> inteligencia de los fieles; habiendo añadido aquellas notas de los Santos Padres >>que has tenido por convenientes para precaver cualquier abuso: en lo que no te >>has desviado de las reglas de la Congregacion del Indice, ní de la constitucion >>que sobre este punto publicó el inmortal Pontífice Benedicto XIV, predecesor >> nuestro de gloriosa memoria, y al cual nos gloriamos haber tenido por excelente >> maestro en la erudicion eclesiástica, cuando tuvimos la dicha de estar en su »familia. Por lo que te damos los loores que se deben á tu doctrina y singular >> piedad, etc. Dado en San Pedro de Roma á 17 de marzo de 1778, año IV de >>nuestro pontificado." Finalmente, por estas poderosas razones, y habiendo cesado ya del todo las causas que motivaron la prohibicion mencionada, el supremo tribunal de la Inquisicion de España declaró en 20 de diciembre de 1782 que no se entienden prohibidas las versiones de la Biblia en lenguas vulgares, con tal que esten hechas con las condiciones que se expresan en los decretos y declaraciones pontificias. No queda pues ningun género de duda acerca de los deseos de nuestra madre la Iglesia de que sus hijos lean y mediten las Santas Escrituras; y pensar ahora lo contrario, seria manifestar poco respeto á las mas terminantes decisiones de los Sumos Pontífices.

6 No he juzgado necesario dar aquí una razon extensa de las justas ́ causas por las cuales quiso la Iglesia, en otro tiempo, que para leer las versiones de la Escritura en lengua vulgar precediese licencia del Superior eclesiástico. El Ilustrísimo Scio creyó deber hablar con alguna extension de este punto en la Advertencia que puso en el primer tomo, antes de la Disertacion preliminar, para deducir en seguida que su version podia correr y ser leida sin ningun escrúpulo de conciencia por los fieles; los cuales, acostumbrados á mirar como prohibida dicha lectura, podian ser sorprendidos por algunos hombres que, con un falso zelo de religion y piedad, continuaban teniendo por perjudicial la lectura de la Santa Biblia en lengua vulgar. "El pretender que no es lícito al pueblo leerla (decia >>aquel sabio Prelado) ya no cabe sino en un espíritu caviloso, preocupado, par

la regla IV del Indice formado por orden del concilio de Trento, dice: * Quod si hujus»modi Bibliarum versiones vulgari linguð, »fuerint ab Apostolica Sede approbatæ, aut

»>editæ cum annotationibus desumptis ex San »ctis Ecclesiæ Patribus vel ex doctis catholi >>cisque viris, conceduntur."

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